Descripción
Los familiares de un ciudadano de nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no tengan la nacionalidad de uno de los Estados mencionados, cuando se reúnan con el ciudadano o vayan acompañen en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
El contenido informativo incluido en este producto y relativo a procesos de inmigración y registros es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud. Si deseas que te ayudemos y realicemos esta gestión para ti o tus familiares, solo tienes que completar el proceso de solicitud y nosotros nos encargaremos de todo. Campusssing se compromete a cumplir con todos los requisitos que la Admisitraciones españolas establecen en cada momento, por lo que los servicios que ofrecemos en nuestra web seguirán siempre el proceso establecido en cada momento, independientemente del momento en el que contrates el servicio. Si hay cambios en los procesos, nosotros los conoceremos y te mantendremos informado.
Ciudadanos que pueden solicitarla
Si tienes pensado visatar a un familiar en España por un periodo superior a los tres meses, y tu familiar es ciudadano de nacionalidad española, o un ciudadanos de nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea (UE), o de nacionalidad de un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza. deberás solicitar y obtener la Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Si no estás seguro de que debas formalizar este proceso de extranjería en España, entra y configura el producto, si la nacionalidad de tu familiar está entre las nacionalidades que detallamos en el seleccionable, entonces deberás solicitar tu tarjeta obligatoriamente.