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Solicitud de alta en Hacienda (Mod. 149) Ley Beckham primera solicitud

Consiste en presentar en Hacienda el Modelo 149, relativo a la Ley Beckham solo la primera solicitud, para aquellos trabajadores que deseen acogerse al mismo.

Desde: 200,00

Descripción

Las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento a territorio español podrán optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, manteniendo la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes, cuando, en los términos que se establezcan reglamentariamente, se cumplan las siguientes condiciones (normativa vigente desde 1 de enero de 2015):

Para ejercitar esta opción el contribuyente deberá presentar el modelo 149 ante la Administración tributaria. Los contribuyentes que hubieran optado por este régimen también utilizarán este modelo para renunciar a este régimen o cuando queden excluidos del mismo por incumplir alguna de las condiciones determinantes de su aplicación. La declaración del impuesto se realizará en el modelo 151.

No obstante, los trabajadores desplazados a territorio español con anterioridad a 1 de enero de 2015 podrán optar por aplicar el régimen especial en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2014. Para ejercer esta opción deberán presentar la declaración del impuesto correspondiente al ejercicio 2015 en elmodelo 150, en lugar del nuevo modelo 151. La opción se mantendrá hasta la finalización de la aplicación del régimen especial, debiendo utilizarse el modelo 150 también durante los restantes ejercicios de aplicación del régimen.

Detalle servicio

El servicio Campussing que ofrecemos tiene dos modalidades y puede consistir en:

  1. Solo presentación del modelo 149 para el solicitante si ya se tiene analizado y claro que es el régimen bajo el que se quiere acoger.
  2. Asesoramiento y presentación o alta: en el que asesoramos al interesado en función de su situación y caso y posteriormente una vez tome la decisión en base al estudio. Este servicio incluye acompañamiento a cita si es necesario y estudio de caso, y con posterioridad procedemos a realizar la presentación del modelo 149 o del que corresponda para cada caso junto con el solicitante . De esta manera estará seguro de la decisión que va a tomar era la más adecuada.

Una vez realices la contratacion de este servicio y se formalice tu pédido, tu asistente Campussing se pondrá en contacto contigo para orientarte con cualquier duda que tengas, así como para informarte de todo el proceso y pedirte los documentos que vamos a necesitar para la correcta ejecución del servicio.

No te preocupes, nosotros te acompañaremos en todo el proceso, además, si fuera necesaria tu presencia por algún motivo para finalizar este registro, nos encargaremos de solicitar y coordinar la cita, intentando siempre que se pueda, pedir cita en un día y hora que te convenga.  Nosotros nos encargamos de todo!!

Dudas

Si tienes dudas con este producto y estás buscando otras opciones, accede a nuestro formulario de consulta y presupuesto pinchando en el siguiente botón:

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